REGLAMENTO PARA EL INGRESO DE NIÑERAS, ENFERMEROS O PERSONAL DE ASISTENCIA

  1. El Asociado, Usuario o Comodatario interesado en el  ingreso de niñeras, enfermeros o personal de asistencia y cuidado de Asociados ancianos, enfermos y/o discapacitados, deberá:
    1. Elaborar una solicitud, dirigida al Gerente General.
    2. Presentar original y copia de identificación oficial (INE),  de la persona de la cual solicitan el ingreso.
    3. Firmar la carta de exoneración de responsabilidad legal para el Club Campestre de Zamora, A.C.
  • El Club se reserva el derecho de cancelar el ingreso de niñeras, enfermeros o personal de asistencia. 
  • Los Asociados, Usuarios o Comodatarios serán responsables ante la Asociación respecto al comportamiento de sus niñeras, enfermeros o personal de asistencia y estarán obligados a cubrir a la Asociación los daños y deterioros que causen en las instalaciones, mobiliario y demás bienes pertenecientes a la misma.
  • Las niñeras,  enfermeros o personal de asistencia deberán usar el gafete de identificación en todo momento que otorgará el Club, mismo que le permitirá  al portador: 
  • Ingresar y salir del Club, siempre que lo haga en compañía del asociado a su cargo. 
  • Permanecer en áreas descubiertas y cubiertas siempre en compañía del Asociado, Usuario o Comodatario a su cargo. 
  • Únicamente los  niños menores de siete años podrán ser acompañados por sus niñeras.
  • El derecho de ingreso de las niñeras, enfermeros o personal de asistencia se limita a una por familia.
  • El Asociado, Usuario o Comodatario tendrá la obligación de comunicar a la gerencia por escrito, la baja de niñeras, enfermeros y personal de asistencia.
  • Las niñeras,  enfermeros o personal de asistencia no pueden usar ninguno de los servicios destinados a los asociados.

9.     Los casos no previstos en el presente reglamento, serán analizados por el H. Consejo Directivo.

Nombre________________________________   Firma ____________________